Este lunes, miembros del Partido Republicano presentarán un proyecto de ley para que los padres tengan prioridad en la educación de sus hijos, de acuerdo con sus convicciones morales y religiosas.
“Padres Primeros Educadores”, es el nombre que se le dio a la Ley que busca “empoderar” a los padres y apoderados mediante el facilitamiento de acceso a la información sobre la educación de sus hijos, en medio de la polémica por la “Guía de Sexualidad Afectiva” del Ministerio de Educación, que motivó la Acusación Constitucional contra el ministro, Marco Antonio Ávila.
Según lo que esperan plantear, la idea es fortalecer el reconocimiento del derecho preferente de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones morales y religiosas, y establece un marco regulatorio para el ejercicio de este derecho.
Para ello, genera incentivos a la mejora de los planes y programas de educación sexual al establecer la obligación de los establecimientos de definir en forma previa su contenido con precisión, a fin de comunicarlo a los padres y apoderados.
De todas maneras, el proyecto de ley “Padres Primeros Educadores” mantiene intactas las obligaciones legales de realización de clases de educación sexual, como también respeta el derecho de cada establecimiento educativo de decidir el contenido de las clases de educación sexual, de conformidad con su proyecto educativo.
Al respecto, la senadora Carmen Gloria Aravena, sostuvo que “con este proyecto de ley, buscamos otorgarles las herramientas necesarias a los padres para que sean los principales responsables de la formación de sus hijos, especialmente en el ámbito de la educación sexual”.
“Sabemos que la educación sexual es un tema delicado y sensible, y por eso creemos firmemente que los padres deben ser los primeros en decidir cómo y cuándo hablar de estos temas con sus hijos”, enfatizó.
“Se va a respetar el derecho preferente de los padres, educar a los hijos y así los padres tenemos el derecho de participar de este proceso y de aceptar o no la asistencia a nuestros hijos a clases, talleres o cursos sobre la materia, sin que si ellos deciden no llevar a sus hijos, eso implique un acto de discriminación en su contra”, dijo por su parte el diputado Stephan Schubert.
“Esto también va a enseñar a los niños para protegerse respecto de eventuales vulneraciones de sus derechos. Y por último, va a establecer las sanciones para aquellos órganos del Estado, el Ministerio que no cumplan con esta obligación y con este respeto”, advirtió el parlamentario republicano.
“Necesitamos leyes que fortalezcan los derechos parentales y permitan a los padres guiar a sus hijos hacia una vida plena y responsable. Creemos que esta iniciativa es imprescindible en estos momentos, por lo que haremos todos los esfuerzos necesarios para que se ponga en discusión en la comisión de educación del Senado”, indicó, por otro lado, la senadora Aravena.
“Padres Primeros Educadores”: proyecto para que padres tengan prioridad en la educación sexual de sus hijos
En su articulado, la ley “Padres Primeros Educadores” define por primera vez lo que habrá de entenderse por “educación sexual”, a fin de precisar el ámbito en el cual los padres están llamados a ejercer su derecho.
Asimismo, establece el deber del Estado de respetar el derecho de los padres a que sus hijos reciban educación coherente con sus convicciones morales, adoptando contenidos y prácticas pedagógicas en línea con esta obligación.
Por otro lado, establece el derecho de los padres a prestar o retener su consentimiento a la participación de sus hijos en clases, prácticas, talleres o programas de educación sexual respecto de la cual ellos discrepen por razones morales o éticas.
Igualmente, establece una garantía de no discriminación o represalia en contra de aquellos padres y estudiantes que opten por no participar de la educación sexual objetada, incluyendo establecer su protección en las políticas de buena convivencia escolar.
Además, le impone el deber al Ministerio de Educación de adoptar requisitos de idoneidad específicos para quienes aborden temáticas de educación sexual, bajo un principio de protección contra el abuso sexual.
También, garantiza que los niños y niñas reciban información, según sea pertinente a su edad y desarrollo, sobre las conductas constitutivas de ilícitos penales.
Por último, se establece la responsabilidad civil y administrativa por el incumplimiento de esta ley de parte de establecimientos educativos y órganos del Estado.